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Expediente de ruina en Marbella

Expediente de ruina en Marbella

Documentación para solicitudes de declaración del estado de ruina

El arquitecto Daniel Trujillano ofrece sus servicios profesionales como facultativo competente para la redacción de Expedientes de ruina en Marbella (Málaga), en cumplimiento de las Normas urbanísticas que forman parte del vigente PGOU. La Administración urbanística municipal de Marbella declara la ruina en los siguientes supuestos:

  • cuando el coste de las obras de reparación necesarias para devolver al inmueble las condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural excede del 50 por ciento del valor de una construcción de nueva planta, con similares características e igual superficie útil, realizada con las condiciones necesarias para que su ocupación sea autorizable
  • cuando el coste de los trabajos y obras ejecutados como consecuencia de las dos últimas inspecciones periódicas, sumado al de las que deban ejecutarse para devolver al inmueble las condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural, excede el límite del deber normal de conservación, comprobándose una tendencia constante y progresiva del incremento de las inversiones necesarias para la conservación.
Honorarios profesionales

Honorarios por la redacción de un Expediente de ruina en Marbella

Este sitio web ofrece un sencillo formulario que permite solicitar rápidamente un presupuesto detallado referente a los honorarios profesionales correspondientes al servicio de redacción de la documentación técnica necesaria para solicitar la declaración de ruina de un edificio ubicado en el término municipal de Marbella. Usted puede acceder a dicho formulario pulsando el siguiente botón:

Ir al formulario

Los datos consignados en el formulario sólo serán utilizados con el fin de redactar el presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que se acepte expresamente las condiciones especificadas en el mismo.

Documentación para declaraciones de ruina en Marbella

Contenido de las solicitudes de declaración de ruina a instancia de interesados

En Marbella, el documento mediante el cual se solicita la declaración del estado de ruina de una edificación debe contener la siguiente información:

  • datos identificativos del inmueble, incluyendo el año de construcción
  • certificación del Registro de la propiedad, acreditando titularidad y cargas
  • relación de moradores y de titulares de derechos reales sobre el inmueble
  • memoria descriptiva de las medidas de seguridad que se haya adoptado ya o cuya adopción resulte necesaria
  • situación urbanística del edificio, con expresión del nivel de protección, en su caso
  • descripción del estado físico del inmueble, incluyendo dictamen acerca de si el inmueble reúne o no condiciones de seguridad y habitabilidad suficientes para permitir la permanencia de ocupantes en tanto se adopta el acuerdo que proceda
  • planos de planta
  • justificación de la causa por la que se insta la declaración de ruina, la cual incluirá un estudio económico comparativo entre el coste de las reparaciones que serían necesarias para devolver al inmueble la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural, y el valor de una construcción de nueva planta con características similares a la del edificio existente e igual superficie útil.

Para evaluar el coste de las obras de reparación necesarias no se debe tener en cuenta las deficiencias que hagan referencia únicamente a condiciones de habitabilidad del inmueble (dimensiones insuficientes de patios, falta de ventilación en habitaciones, carencia de instalaciones exigibles por legislación específica...), porque se entiende que dichas deficiencias no afectan al estado ruinoso.

Compromiso de sustitución o de rehabilitación

Siempre que el expediente no se encuentre afecto a ninguno de los casos de rehabilitación obligatoria, el propietario deberá expresar su compromiso de optar por la sustitución o por la rehabilitación, para el supuesto de que efectivamente se produzca la declaración del estado ruinoso del inmueble:

  • si opta por la sustitución, debe acompañar a la solicitud de declaración de ruina el compromiso expreso de presentar el oportuno Proyecto de edificación en el plazo máximo de seis meses
  • si opta por la rehabilitación, el plazo para solicitar la correspondiente licencia se prorrogará por un año, a no ser que en la Declaración de ruina se imponga un plazo menor.

Si se opta por la sustitución, previamente a demolición del inmueble se debe obtener aprobación para un Proyecto de demolición, a no ser que se trate de un caso declarado de ruina inminente.

Resolución del Expediente de ruina

El expediente de ruina se resolverá con arreglo a alguno de los siguientes procedimientos:

  • declaración del estado de ruina, referido a todo el inmueble o a parte del mismo, acordando lo procedente respecto al desalojo de ocupantes e imponiendo las obras o reparaciones provisionales de urgencia que permitan atender a la seguridad y a la salubridad del edificio hasta que se proceda a la sustitución o a la rehabilitación del edificio
  • declaración de que no hay situación de ruina, ordenando las medidas pertinentes destinadas a mantener la seguridad, la salubridad y el ornato público.

La declaración de ruina producirá la inclusión automática del inmueble en el Registro municipal de solares y edificaciones ruinosas de Marbella.

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Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga
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