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ITE TorremolinosInspección Técnica de EdificiosEn el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del pasado día 12 de julio de 2011 aparecía el texto íntegro de la Ordenanza nº 54 sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones de Torremolinos, destinada a entrar en vigor al cabo de quince días hábiles desde la publicación. El objeto de la ordenanza publicada es la regulación de, entre otros, la Inspección Técnica de la Edificación, con carácter general para el municipio de Torremolinos. De la Inspección Técnica de los EdificiosEl Título II de la Ordenanza está dedicado a la Inspección Técnica de los Edificios. Con el establecimiento de la Inspección Técnica de la Edificación (ITE) se persigue introducir la obligación de los propietarios de construcciones y edificaciones ubicadas en el término municipal de Torremolinos de efectuar una inspección periódica dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber de conservación impuesto por la normativa urbanística y de régimen del suelo. Informes de ITELa obligación legal de efectuar la inspección periódica se verificará mediante la obtención, por cuenta y cargo del propietario, de informe expedido por técnico competente y debidamente visado en el colegio profesional correspondiente y su posterior presentación en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Torremolinos. El informe de Inspección Técnica de la Edificación se acompañará en todo caso de la ficha técnica de la edificación. |
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![]() | Plazos máximosLos plazos máximos generales para la presentación del primer informe certificado de la Inspección Técnica de la Edificación, empezarán a contar desde la misma fecha de entrada en vigor de la ordenanza (el 2 de agosto de 2011) y quedan fijados del modo que sigue: |
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| Plazo 1ª ITE | Renovación | ||||
| Edificios protegidos por cualquier norma urbanística | 02/08/2013 | ||||
| Edificios
en los que la fecha de terminación total de la construcción o, en su
caso, de terminación de las obras de rehabilitación integral* es: | anterior al 02/08/1961 | 02/08/2013 | Cada 10 años | ||
| posterior al 02/08/1961 y anterior al 02/08/1986 | 02/08/2016 | Cada 15 años | |||
| posterior al 02/08/1986 y anterior al 02/08/2001 | 02/08/2021 | Cada 15 años | |||
| posterior al 02/08/2001 | año siguiente a aquel en que cumplan los 20 años de antigüedad | Cada 15 años | |||
* se entiende por rehabilitación integral aquella que afecta a la generalidad de los elementos estructurales | |||||
En caso de incumplimientoEl incumplimiento por parte del propietario de su obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación producirá la incoación del correspondiente expediente sancionador y la imposición de multas coercitivas hasta su cumplimiento. | |||||
![]() | Honorarios profesionalesRecibir en su e-mail un informe detallado acerca de los honorarios profesionales correspondientes al servicio de realización de una ITE en Torremolinos es muy fácil, sólo tiene que cumplimentar un sencillo formulario de solicitud: | ||||
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Sus datos sólo serán utilizados para la redacción del presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que decida usted aceptar las condiciones especificadas en el mismo. | |||||
![]() | Edificaciones y construcciones en ruinasLos propietarios de edificaciones y construcciones en ruinas pueden conseguir el cese de su deber de conservación si consiguen que se declare el estado de ruina de las mismas. Para ello, deben solicitar al Ayuntamiento la declaración de la situación legal de ruina urbanística. Si desea obtener información acerca del servicio profesional correspondiente a la redacción de la documentación necesaria para solicitar la declaración de ruina urbanística de una edificación o construcción, haga clic aquí. | ||||
| Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga | |||||