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Documentación para solicitudes de reconocimiento de SAFO  

Documentación para edificaciones en situación asimilada a fuera de ordenación

Inicio y tramitación del procedimiento de SAFO

El arquitecto Daniel Trujillano ofrece sus servicios para la redacción de la documentación técnica necesaria para el inicio y tramitación de procedimientos de reconocimiento de Situación Asimilada a Fuera de Ordenación (SAFO), en cumplimiento de lo establecido en el vigente D.L. 3/2019, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en Andalucía. El reconocimiento de SAFO se aplica a las edificaciones siguientes:

  • las construidas irregularmente en Suelo No Urbanizable
  • las ilegales en las que la reposición de la realidad física alterada resulta imposible
  • las amparadas por una licencia de obras declarada nula después de haber expirado el plazo máximo para la reposición del orden jurídico perturbado.
Solicitud de informe de honorarios profesionales del arquitecto

Solicitud de presupuesto

Para acceder al formulario solicitud del presupuesto correspondiente al servicio de redacción de la documentación técnica necesaria para solicitar el reconocimiento de una edificación en situación asimilada a fuera de ordenación sólo tiene que pulsar el siguiente botón:

Ir al formulario

Sólo se requiere la información necesaria para redactar el presupuesto, con ese único fin, y los datos no se conservan a no ser que el encargo se confirme.

Documentación para solicitud de reconocimiento de SAFO

Requisitos para el reconocimiento

La Situación Asimilada a Fuera de Ordenación requiere la concurrencia de varias condiciones:

  • que la edificación irregular esté totalmente terminada, es decir, que su utilización no requiera ninguna intervención previa, exceptuando las obras que puedan necesitarse para garantizar las mínimas condiciones de seguridad y salubridad
  • que haya prescrito el plazo para la adopción de medidas de restablecimiento del orden jurídico perturbado
  • que no exista riesgos naturales (erosión, inundación, corrimiento, deslizamiento…)
  • que no exista riesgos tecnológicos o de otro tipo.

Los casos de concurrencia de riesgo pueden solventarse mediante la adopción de medidas suficientes para eliminarlos o minimizarlos, a criterio de la Administración competente en la materia.

Documentación necesaria

El inicio del procedimiento de reconocimiento de SAFO requiere el aporte de la documentación siguiente:

  • identificación registral
  • identificación catastral
  • emplazamiento georreferenciado
  • acreditación de la fecha de terminación de las obras
  • certificación técnica de que el inmueble cumple las condiciones mínimas de seguridad y salubridad.

Además, en casos de concurrencia de riesgos naturales, tecnológicos o de otro tipo:

  • acreditación de la adopción de las medidas exigidas para eliminarlos o minimizarlos
  • Declaración responsable de que el propietario conoce y asume los riesgos no eliminados, suscrita por él mismo.

Recibida y analizada la documentación aportada, el Ayuntamiento puede, previa obtención de los informes técnicos y jurídicos oportunos, ordenar la ejecución de las medidas que estime necesarias para:

  • alcanzar un nivel mínimo de seguridad, salubridad, ornato público y/o protección paisajística
  • evitar o reducir riesgos detectados.

La correcta ejecución de las medidas ordenadas debe acreditarse mediante la presentación de los correspondientes Certificados descriptivos y gráficos.

Régimen de las edificaciones reconocidas

El reconocimiento de la Situación Asimilada a Fuera de Ordenación (SAFO) de una edificación irregular requiere una declaración formal emitida por el Ayuntamiento. La declaración supone el reconocimiento de una serie de derechos para la edificación:

  • el derecho a acceder a servicios de saneamiento y suministro de agua y electricidad, en la medida en que sus redes estén disponibles y mediante la ejecución de las obras de infraestructura que requiera dicho acceso
  • el derecho a acceder a los servicios básicos mediante instalaciones autónomas ambientalmente sostenibles, si no hay infraestructuras disponibles
  • el derecho a ejecutar obras de conservación destinadas a garantizar las debidas condiciones de seguridad y salubridad.

El reconocimiento de SAFO afecta a la edificación y a la parcela en la que se emplaza, aunque la misma no cuente con licencia de parcelación aprobada.

Agrupaciones de edificaciones irregulares

En las agrupaciones de edificaciones irregulares existe la posibilidad de formular un Plan especial de adecuación ambiental y territorial, aunque sean incompatibles con la ordenación urbanística. La aprobación de dicho plan y la ejecución de las medidas previstas en el mismo proporcionan a las edificaciones que componen la agrupación, una vez reconocida su situación de asimiladas a fuera de ordenación, ciertos derechos adicionales:

  • el derecho a ejecutar obras de reforma
  • el derecho a construir elementos auxiliares que no perjudiquen a la adecuación ambiental ni territorial.

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