http://www.arquitectotrujillano.com/ruina/granada.html
Arquitecto
Arquitectos
Expediente de ruina en Granada

Expediente de ruina en Granada

Dictamen técnico para solicitudes de declaración de ruina

El arquitecto Daniel Trujillano ofrece sus servicios profesionales como facultativo competente para la redacción del dictamen técnico necesario para solicitar la Declaración de ruina de edificaciones ubicadas en el término municipal de Granada, en conformidad con la vigente Ordenanza reguladora del deber de conservación de los edificios. La ordenanza establece que existe ruina urbanística en los dos supuestos siguientes:

  • cuando el presupuesto total de las reparaciones supera el límite del deber normal de conservación del edificio
  • cuando la suma del coste actual de las reparaciones necesarias más el correspondiente a las medidas recomendadas en los dos últimos IEE supera el límite del deber normal de conservación.

El procedimiento de declaración de ruina urbanística puede incoarse de oficio o a instancia de interesado.

Solicitud de informe de honorarios profesionales del arquitecto

Presupuesto para redacción del dictamen técnico

Un sencillo formulario permite solicitar un presupuesto detallado referente a los honorarios profesionales correspondientes al servicio de redacción del dictamen técnico necesario para solicitar la declaración de ruina de una edificación ubicada en el término municipal de Granada. Para acceder, pulse el siguiente botón:

Ir al formulario

Los datos consignados sólo serán utilizados con el fin de redactar el presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que se acepte expresamente las condiciones especificadas en el mismo.

DECLARACION RUINA GRANADA

Documentación

El inicio del procedimiento por iniciativa de interesado requiere que éste presente documentación que reúna la información siguiente:

  • identificación del inmueble
  • nota simple
  • lista de usuarios, arrendatarios y propietarios
  • copia de los dos últimos IEE
  • dictamen técnico justificativo de la situación de ruina.

A su vez, el dictamen técnico debe incluir la información siguiente:

  • identificación completa del inmueble
  • descripción constructiva
  • situación y condiciones urbanísticas
  • planos de planta
  • presupuesto estimado para las reparaciones que el edificio necesita
  • cálculo del valor de reposición
  • cálculo del porcentaje que supone el presupuesto total de las reparaciones sobre el valor de reposición
  • recomendación de medidas de seguridad a adoptar y mantener durante la tramitación del expediente.

Reparaciones necesarias

Cuando se estudia la posible ruina de un edificio sólo procede considerar las reparaciones que bastan para restaurar la seguridad (estructural, de utilización, contra incendios, funcional…) y la estanqueidad del edificio (de la envolvente y de las redes de abastecimiento y de evacuación de aguas. Los defectos o carencias en lo que se refiere a dimensiones de patios o huecos, o a la dotación de las instalaciones no deben ser tenidos en cuenta, puesto que no condicionan el estado ruinoso. La valoración de las reparaciones necesarias se obtiene sumando los conceptos siguientes:

  • presupuesto de ejecución material (PEM)
  • gastos generales del constructor (14% sobre el PEM)
  • beneficio industrial del constructor (6% sobre el PEM)
  • honorarios de los técnicos implicados como agentes del proceso constructivo
  • I.V.A.
  • impuesto municipal sobre construcciones
  • tasa municipal.

Plazos de resolución y de ejecución

Los expedientes de ruina que se inician por instancia de interesado deben obtener su resolución antes de que pasen 6 meses contados desde la fecha en que se presentó toda la documentación requerida. Si se produce silencio administrativo, la solicitud de declaración debe entenderse desestimada. Cuando se declara la ruina de un edificio, cesa el deber de conservación, lo declarado se inscribe en el Registro de solares y edificaciones ruinosas y el propietario queda obligado a demoler o rehabilitar el inmueble dentro del plazo de un año.

Valid HTML 4.01 Transitional

¡CSS Válido!

Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga
Tel. 627812076 info@arquitectotrujillano.com