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ITE JAEN

ITE JAEN

Inspección Técnica de Edificaciones

El arquitecto D. Trujillano ofrece sus servicios profesionales como técnico competente para la realización de Inspecciones Técnicas de Edificios en Jaén, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza reguladora de la Inspección Técnica de Edificaciones en el término municipal de Jaén.

Edificaciones sujetas a inspección

Se encuentran sujetas a la obligación de realizar inspecciones técnicas periódicas todas las edificaciones de Jaén, independientemente de su uso o destino. Sólo quedan excluidas aquellas que estén afectas a uso o servicio público distinto al de vivienda y en las que sea titular alguna Administración pública o alguna entidad u órgano instrumental de naturaleza pública.

Inspección de edificios en Jaén

Presupuesto para la realización de una Inspección Técnica en Jaén

Para acceder a un sencillo formulario que permite solicitar rápidamente un informe detallado acerca de los honorarios profesionales correspondientes al servicio de realización de la Inspección Técnica de una Edificación ubicada en el término municipal de Jaén, pulse el siguiente botón:

Presupuesto ITE

Los datos consignados en el formulario sólo serán utilizados para la redacción del presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que se acepte expresamente las condiciones especificadas en el mismo.

INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS EN JAEN

Los informes de ITE en Jaén

Los responsables de que se realice las inspecciones técnicas son los propietarios de los edificios. Tras cada inspección debe redactarse un informe que deberá ser presentado en el Registro de Inspección Técnica de Edificios de Jaén dentro de plazo. El contenido mínimo de cada informe de ITE JAEN es el siguiente:

  • plano de situación de la edificación
  • fotografías descriptivas del inmueble
  • estado de conservación de la estructura y de la cimentación
  • estado general de las fachadas y de las medianeras, haciendo mención de todos aquellos elementos que puedan suponer un peligro para la vía pública
  • estado de conservación de terrazas y cubiertas
  • nivel general de funcionamiento de las instalaciones
  • desperfectos y las deficiencias detectados, asociando causas probables a cada uno de ellos
  • medidas a adoptar para asegurar la seguridad, la estabilidad, la consolidación estructural y la estanqueidad, así como para mantener o restaurar las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo, asociando un orden de prioridades
  • grado de ejecución y de eficacia de las medidas, los trabajos y las obras que se haya ejecutado por recomendación de informes de ITE presentados con anterioridad
  • justificantes acreditativos de la ejecución de las inspecciones y pruebas reglamentarias, así como los controles y las sustituciones obligatorios, de acuerdo con el Programa esquemático de mantenimiento.

Junto con cada informe de ITE debe presentarse una Ficha técnica del edificio, en la cual se debe consignar:

  • datos urbanísticos y arquitectónicos
  • régimen de propiedad y de ocupación.

Además, si la suma del coste que suponen las reparaciones necesarias para devolver a la edificación las condiciones mínimas de estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural, más el coste de las obras que hayan sido ejecutadas como consecuencia de las dos últimas inspecciones técnicas realizadas, excede el límite del deber normal de conservación del edificio, el informe de ITE deberá incluir el dictamen de la situación de ruina.

Plazo para la presentación de informes de ITE JAEN

La fecha límite para presentar el primer informe de Inspección Técnica en Jaén queda definida en la siguiente tabla, en función de la antigüedad y del grado de protección de las edificaciones:

Edificios que el 19/06/2012 tenían más de cincuenta años de antigüedad, hallándose protegidos por el PGOU de Jaén o por algún Plan Especial de Protección o Catálogo 19/06/2013
Edificios no protegidos que el 19/06/2012 tenían más de cincuenta años de antigüedad 19/06/2014
Resto de los edificios dentro del año siguiente a aquel en que se alcancen los cincuenta años de antigüedad

A efecto de determinar el plazo máximo para la presentación, se entiende por antigüedad de una edificación el tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de su construcción, si bien también se permite el cómputo desde la fecha de terminación de obras de reforma general que hayan afectado a la totalidad del edificio, siempre y cuando dichas obras se hayan ejecutado al amparo de la correspondiente licencia.

Renovación de los informes de ITE JAEN

Los informes de ITE correspondientes a edificaciones ubicadas en Jaén deben renovarse periódicamente dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido diez años desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse el informe anterior. Cada informe debe presentarse acompañado de la correspondiente Ficha técnica del edificio, debidamente actualizada.

Datos del prestador del servicio profesional

Información legal

Los interesados pueden solicitar la información legal relativa al prestador del servicio profesional ofrecido, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Ley 17/2009, sobre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (B.O.E. del 24 de noviembre de 2009).

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Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga
Tel. 627812076 info@arquitectotrujillano.com