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Estudio de Impacto Ambiental en Estepona

Estudio de Impacto Ambiental en Estepona

Suelo No Urbanizable común y de especial protección

El arquitecto Daniel Trujillano ofrece su servicio de redacción y seguimiento de Estudios de Impacto Ambiental en Estepona, en cumplimiento de normativa medioambiental de aplicación. Las Normas urbanísticas generales que contiene el vigente documento de adaptación parcial a la LOUA del PGOU de Estepona regulan los casos en los que se exige evaluación o estudio de impacto ambiental.

Presupuesto por Estudio de Impacto Ambiental

Solicitud de presupuesto

Este sitio web ofrece un sencillo formulario que permite solicitar rápidamente un informe detallado acerca de los honorarios profesionales correspondientes al servicio de redacción de un y seguimiento de un Estudio de Impacto Ambiental en Estepona. Usted puede acceder a dicho formulario pulsando el siguiente botón:

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Sus datos sólo serán utilizados para la redacción del presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que decida usted aceptar las condiciones especificadas en el mismo.

Estudios de impacto ambiental en Estepona

Suelo No Urbanizable común

Las Normas urbanísticas generales de Estepona prescriben la necesidad de realizar Evaluaciones de Impacto Ambiental y, por lo tanto, Estudios de Impacto Ambiental, en los proyectos de implantación en Suelo No Urbanizable de los siguientes usos compatibles:

  • uso extractivo, uso de gran industria y uso de grandes instalaciones e infraestructuras
  • grandes dotaciones (complejos deportivos, hipermercados, etc.)
  • almacenes de aperos, de maquinaria agrícola, de productos obtenidos de la actividad agropecuaria o de productos no primarios, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2
  • cuadras, establos, vaquerías y similares, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2
  • granjas avícolas y similares
  • instalaciones industriales ligadas a productos primarios, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2
  • instalaciones deportivas en medio rural, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2 o la superficie de la parcela supere los 25.000 m2
  • parques de atracciones, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2 o la superficie de la parcela supere los 25.000 m2
  • albergues de carácter social, cuando la actuación se desarrolle en una parcela de más de 25.000 m2
  • campamentos de turismo, cuando la actuación se desarrolle en una parcela de más de 25.000 m2
  • instalaciones permanentes de restauración, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2
  • usos turístico-recreativos en edificaciones existentes, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2
  • construcciones y edificaciones singulares, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2
  • instalaciones o construcciones de servicio de carretera, cuando su superficie construida sobrepase los 1.000 m2.

Suelo No Urbanizable de protección especial

En Estepona, se requiere la previa realización de un Estudio de Impacto Ambiental en los proyectos destinados a implantar en Suelo No Urbanizable de protección especial los siguientes usos admisibles:

  • obras de protección hidrológica
  • actuaciones relacionadas con la explotación de recursos mineros e instalaciones anexas
  • campamentos de turismo, albergues sociales e instalaciones deportivas aisladas
  • infraestructuras viarias, energéticas, hidráulicas, de saneamiento, de abastacimiento o vinculadas al sistema general de telecomunicaciones
  • actividades de primera transformación de productos primarios
  • desmontes, aterrazamientos y rellenos
  • adecuaciones naturalísticas y recreativas
  • parques rurales, instalaciones hoteleras y centros sanitarios especiales
  • estabulación de ganado de más de 250 cabezas de bovino o 1.000 de caprino y ovino
  • granjas de más de 500 cerdos o 1.000 aves
  • granjas de más de 2.000 conejos
  • tala de árboles para la transformación de uso
  • vertederos de residuos agrarios
  • edificios públicos singulares vinculados a actividades educativas especiales relacionadas con el medio y la producción agraria
  • actividades que sobrepasen los 1.000 m2 construidos.

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Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga
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