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Expediente de ruina en MijasDictamen técnico para procedimientos de declaración de ruinaEl arquitecto Daniel Trujillano ofrece sus servicios profesionales como facultativo competente para expedir el dictamen técnico necesario en solicitudes de iniciación del procedimiento de declaración de ruina de edificaciones en Mijas, en cumplimiento de la "Ordenanza urbanística sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones en el término municipal de Mijas". |
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Presupuesto para la expedición del dictamen técnicoUn sencillo formulario permite solicitar un presupuesto detallado referente a los honorarios profesionales correspondientes al servicio de expedición del dictamen técnico necesario para solicitar la iniciación del procedimiento de declaración de ruina de una edificación ubicada en el término municipal de Mijas. Para acceder a dicho formulario, pulse el siguiente botón: |
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Ir al formulario | ||
Los datos consignados en el formulario sólo serán utilizados con el fin de redactar el presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que se acepte expresamente las condiciones especificadas en el mismo. |
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Supuestos de ruinaProcede la declaración del estado de ruina en los siguientes supuestos:
El límite del deber normal de conservación de una edificación queda definido en la ordenanza como el 50 % del valor total del inmueble, suponiéndolo de nueva planta y excluyendo el valor del terreno. Solicitud de iniciación del procedimiento de ruinaCuando el procedimiento para la declaración de la ruina de una edificación se inicia a instancia de interesado, la solicitud de iniciación debe acompañarse de la siguiente información:
Contenido del dictamen técnicoEl dictamen técnico que ha de acompañar a las solicitudes de iniciación del procedimiento declaración de ruina en Mijas debe contener la siguiente información:
Visado colegial del dictamen técnicoDe acuerdo con el Real Decreto 1000/2010, el visado colegial del dictamen técnico necesario para solicitar la iniciación del procedimiento de declaración de ruina no es obligatorio, pero el encargante puede solicitarlo de manera voluntaria. Declaración de ruina urbanísticaSi la resolución del procedimiento declara el estado legal de ruina urbanística, la edificación será incluida en el Registro municipal de solares y edificaciones ruinosas de Mijas. Entonces se requerirá al propietario para que opte por la demolición o bien por la rehabilitación completa. Si transcurren quince días y el propietario no se pronuncia al respecto, se entenderá que ha optado por la demolición. Tras la inclusión en el registro municipal, el propietario dispondrá de dos meses para solicitar la licencia de obras necesaria para ejecutar la demolición o bien la restauración de la edificación, y de un año para ejecutar una u otra intervención. |
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Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga | ||
Tel. 627812076 info@arquitectotrujillano.com |