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ITE Antequera

ITE Antequera

Inspección Técnica de la Edificación

El arquitecto Daniel Trujillano ofrece sus servicios profesionales como técnico competente para expedir informes de Inspección Técnica de Edificios, en cumplimiento de la Ordenanza municipal reguladora de la Inspección Técnica de la Edificación en el término municipal de Antequera. El propósito de dicha ordenanza es regular la forma, las condiciones y los plazos en los que los propietarios de las edificaciones y construcciones deben realizar inspecciones técnicas periódicas de las mismas, destinadas a determinar su estado de conservación.

Edificios y construcciones obligados

El contenido de la Ordenanza municipal reguladora de la Inspección Técnica de la Edificación es de aplicación, dentro el ámbito del término municipal de Antequera, a los siguientes tipos de inmuebles, siempre que la tipología no sea residencial de vivienda colectiva:

  • edificios y construcciones ubicados en Suelo Urbano Consolidado
  • edificaciones protegidas en el medio rural.

Los edificios plurifamiliares, hoteles, residencias y similares quedan obligados al cumplimiento de la ordenanza de Evaluación de Edificios en Antequera.

INSPECCION DE EDIFICIOS EN ANTEQUERA

Presupuesto para la Inspección Técnica de una Edificación en Antequera

Este sitio web ofrece un sencillo formulario que permite solicitar un informe detallado acerca de los honorarios profesionales correspondientes al servicio de Inspección Técnica de una Edificación ubicada en Antequera. Usted puede acceder a dicho formulario pulsando el siguiente botón:

Presupuesto ITE

Los datos consignados en el formulario sólo serán utilizados para la redacción del presupuesto solicitado y no se almacenarán a no ser que usted acepte expresamente las condiciones especificadas en el mismo.

INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS EN ANTEQUERA

Cuerpos constructivos

En principio, debe presentarse un informe de ITE por cada cuerpo constructivo único, pero en los casos en los que varios cuerpos coexistan dentro de una misma parcela catastral, puede presentarse un solo informe conjunto, siempre que se identifique inequívocamente cada uno de los edificios o construcciones que quedan incluidos. Se entiende que constituye un solo cuerpo constructivo las agrupaciones de unidades constructivas ligadas entre sí por:

  • elementos estructurales
  • elementos funcionales
  • redes de instalaciones
  • espacios funcionales indivisibles.

Documentación a presentar

La inspección de los edificios y construcciones se verifica mediante la obtención, por parte del propietario y a su cargo, de un informe que habrá de expedir un técnico competente, y su posterior presentación. Es responsabilidad del técnico que realice la inspección el que el informe se emita de forma objetiva y adecuada al estado real de conservación de la edificación o construcción. Los informes de ITE deben presentarse en el Registro general de entrada del Exmo. Ayuntamiento de Antequera, aportando la siguiente documentación:

  • el informe de ITE propiamente dicho
  • la Ficha técnica de la edificación
  • la Conclusión final
  • en caso de que el informe concluya la necesidad de ejecutar obras de adecuación o medidas de seguridad, un Compromiso de ejecución
  • en caso de que se haya necesitado adoptar medidas urgentes de seguridad, Certificado técnico de adopción de dichas medidas
  • una Declaración responsable relativa a la habilitación y colegiación del técnico redactor
  • justificación del abono de la tasa municipal.

Plazos para la presentación de los informes de ITE

El primer informe de ITE de cada edificación o construcción obligada debe presentarse dentro de los plazos que se indican en la siguiente tabla:

Edificios: Presentación:
Inscritos en el Catálogo del patrimonio histórico como bienes de interés cultural Antes del 31/12/2013
Construidos con anterioridad al año 1912 Antes del 31/12/2013
Construidos entre los años 1912 y 1937 Antes del 31/12/2014
Construidos entre los años 1938 y 1962 Antes del 31/12/2015
Construidos a partir del año 1963 Dentro del año que siga a aquel en que se cumplan los 50 años de antigüedad

Tras la presentación del primer informe de ITE, los informes deben renovarse periódicamente dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido diez años desde la fecha en la que se presentó el informe anterior, a no ser que se ejecute una intervención de reforma o rehabilitación general que afecte a la edificación completa y se obtenga la Licencia de ocupación correspondiente, en cuyo caso el plazo de renovación del informe de ITE será de 25 años, contados a partir de la fecha de terminación de las obras.

Evaluación de Edificios en Antequera

Será preceptiva la redacción de un Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en los siguientes casos:

  • si se trata de un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva con más de 50 años de antigüedad
  • si se trata de un edificio cuyos titulares pretenden acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.

El Informe de Evaluación del Edificio contendrá toda la información requerida para los informes de ITE, además de información relacionada con la accesibilidad y con la eficiencia energética del inmueble. Para más información acerca del servicio profesional de expedición de Informes de Evaluación de Edificios en Antequera, visite la página dedicada a IEE Antequera.

Datos del prestador del servicio profesional

Garantía legal del servicio ofrecido

La información legal asociada al servicio profesional ofrecido, exigible por aplicación de la Ley 17/2009, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, está a disposición de los destinatarios, previa solicitud.

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Colegiado nº 650 del Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga
Tel. 627812076 info@arquitectotrujillano.com